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Normativa

 

Ley de Ordenación de la Edificación

   CODIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN   

 

 El Código Técnico de la Edificación (CTE) es el marco normativo que establece las exigencias que deben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad establecidos en la Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de ordenación de Ordenación de la Edificación (LOE). 

 

Las Exigencias Básicas de calidad  que deben cumplir los edificios se refieren a materias de seguridad.  

El CTE también se ocupa de la accesibilidad como consecuencia de la Ley 51/2003 de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, LIONDAU.

icono:flechaReal Decreto + Parte I

icono:flechaDB SE: Seguridad Estructural

icono:flechaDB SI: Seguridad Caso de Incendio

icono:flechaDB-SUA: Seguridad de Utilización y Accesibilidad

icono:flechaDB HS: Salubridad

icono:flechaDB HR: Protección frente al Ruido

icono:flechaDB HE: Ahorro de Energía

 

   Marco Reglamentario   

La Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, de la que nace el Código, es el pilar fundamental para el proceso de la edificación. La Ley fija los Requisitos Básicos de los edificios y actualiza y completa la configuración legal de los agentes que intervienen en el proceso de la edificación, fija sus obligaciones y establece las responsabilidades y las garantías de protección a los usuarios.

El Código Técnico de la Edificación, CTE, es el Marco normativo que establece y desarrolla las Exigencias Básicas de calidad de los edificios y sus instalaciones, y que permiten demostrar que se satisfacen los Requisitos Básicos de la edificación, de la Ley.

 

El CTE da entrada a otros documentos que completan el marco reglamentario, los Documentos Reconocidos. Con el fin de facilitar el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE, se establecen los denominados Documentos Reconocidos del CTE, definidos como documentos sin carácter reglamentario, que cuentan con el reconocimiento del Ministerio de Vivienda que mantendrá un registro público de los mismos.

 

Los Documentos Reconocidos pueden ser:

 

a)  Especificaciones y guías técnicas o códigos de buena práctica que incluyan procedimientos de diseño, cálculo, ejecución, mantenimiento y conservación de productos, elementos y sistemas constructivos;

 

b)  Métodos de evaluación y soluciones constructivas, programas informáticos, datos estadísticos sobre la siniestralidad en la edificación u otras bases de datos;

 

c)  Comentarios sobre la aplicación del CTE; o

 

d)  Cualquier otro documento que facilite la aplicación del CTE, excluidos los que se refieran a la utilización de un producto o sistema constructivo particular o bajo patente.

 

Los Documentos Reconocidos por definición son voluntarios y ayudan a la aplicación del CTE y a cumplir sus objetivos.

  


En el marco reglamentario de la edificación son de obligado cumplimiento otras reglamentaciones técnicas de carácter básico, como las Instrucciones de hormigón EHE, la norma de construcción sismorresistente, el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios, RITE, otras normativas reglamentarias de seguridad industrial etc.,  que coexisten con el CTE y que en principio son referencias externas al mismo  .

 

El CTE, tal como establece la LOE, puede completarse con las exigencias de otras normativas dictadas por las Administraciones competentes.  Es decir la normativa autonómica y local de aplicación en cada caso.

 

Para más información, consulte la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.

   Estructura y contenidos   

El Código Técnico de la Edificación está dividido en dos partes. En la primera se detallan todas las exigencias en materia de seguridad y de habitabilidad que son preceptivas a la hora de construir un edificio, según la Ley de Ordenación de la Edificación.

La primera parte está subdividida a su vez en varias secciones referidas cada una de ellas a las distintas áreas que deben regularse. En el ámbito de la seguridad nos encontramos las disposiciones referidas a la seguridad estructural, la seguridad en caso de incendios y la seguridad de utilización. Mientras, en el área de habitabilidad están incluidos los requisitos relacionados con la salubridad, la protección frente al ruido y el ahorro de energía.

 

La segunda se compone de los Documentos Básicos (DB), que son textos de carácter técnico que se encargan de trasladar al terreno práctico las exigencias detalladas en la primera parte del CTE. Cada uno de los documentos incluye los límites y la cuantificación de las exigencias básicas y una relación de procedimientos que permiten

cumplir los requisitos.Los Documentos Básicos son los siguientes:

  • DB SE: Seguridad estructural. Está compuesto a su vez de cinco documentos:
    • DB SE-AE: Acciones en la edificación
    • DB SE-A: Estructuras de acero
    • DB SE-F: Estructuras de fábrica
    • DB SE-M: Estructuras de madera
    • DB SE-C: Cimentaciones 
  • DB SI: Seguridad en caso de incendio
  • DB SU: Seguridad de utilización
  • DB HS: Salubridad
  • DB HE: Ahorro de energía
  • DB HR: Protección frente al ruido.

 

La normativa se completa con los documentos reconocidos, que son textos de carácter técnico y sin poder reglamentario. Estos documentos cuentan con el visto bueno del Ministerio de Vivienda, que configura periódicamente una lista actualizada de los mismos denominada Registro General del Código Técnico de la Edificación.

 

Pueden ser documentos reconocidos las guías técnicas o códigos de buenas prácticas sobre procedimientos de diseño, cálculo, ejecución, mantenimiento y conservación de productos, elementos y sistemas constructivos. También pueden formar parte de este grupo los métodos de evaluación y soluciones constructivas, incluso programas informáticos, sobre al edificación. Por último, también podrían incluirse comentarios sobre la aplicación del CTE y otro tipo de documentos.

 

El programa Programa LIDER que es la aplicación informática que permite la verificación de las limitaciones de demanda energética contempladas en el método general del DB HE sección HE1, es un Documento Reconocido según se establece en el propio DB.

 

Existen otros documentos, también promovidos por el Ministerio de Vivienda que gozan del carácter de Documentos Reconocidos tales como el Catálogo de elementos constructivos, la Guía de aplicación del DB HR o los programas de ayuda al método General del DB HR.

   Historia   

Desde 1957 las normas técnicas que regulaban el sector de la edificación, conocidas como normas MV, eran competencia del Ministerio de la Vivienda. Esta reglamentación se desarrollaba por la Dirección General de Arquitectura del Ministerio de Gobernación, una institución que fue creada en 1937.

 

Estas reglas se transformaron en las Normas Básicas de la Edificación (NBE) en 1977, cuando el Gobierno decidió crear un marco unificado para toda la normativa relacionada con la edificación. Su aplicación era de obligado cumplimiento para los agentes del sector. A las NBE se le añadieron las Normas Tecnológicas de la Edificación (NTE) para completar el marco regulatorio. Estas especificaciones no tenían carácter obligatorio y servían como el desarrollo operativo de las NBE.

 

Finalmente, el conjunto de normas creadas en 1977 se completaba con las Soluciones Homologadas de la Edificación (SHE), cuyo desarrollo no tuvo lugar. Estas normas hubieran complementado en el campo de las soluciones constructivas convencionales o tradicionales a los Documentos de Idoneidad Técnica (DIT), evaluaciones técnicas favorables para las soluciones innovadoras otorgadas por el Instituto Eduardo Torroja.

 

En 1999 se publica la Ley 38/1999 de 5 de noviembre de Ordenación de la Edificación que tiene como principal objetivo el de regular el sector de la edificación. En materia de reglamentación era preciso actualizar una reglamentación que había quedado profundamente obsoleta por lo que la ley insta y autoriza al Gobierno para la aprobación de un Código Técnico de la Edificación mediante Real Decreto que establezca las exigencias que deben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad.

 

La Ley de Ordenación de la Edificación responde así a la necesidad de actualizar este conjunto de normas, pero también de completar una regulación que hasta 1999 había sido dispersa y poco clara.

 

La actualización de la normativa en materia de edificación era especialmente necesaria debido a que es uno de los principales sectores económicos. Este sector tiene además evidentes repercusiones en el conjunto de la sociedad y en los valores culturales que entraña el patrimonio arquitectónico. El legislador afrontó la redacción de la LOE también con el objetivo de responder a las demandas de la sociedad española demanda, cada vez más preocupada por la calidad en los edificios, la seguridad, el bienestar, la energía y la protección del medio ambiente.

 

Finalmente, el Código Técnico de la Edificación viene a plasmar en especificaciones los objetivos de la LOE y a traducir al lenguaje técnico estas aspiraciones.

 

 

 

  

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